Amparo victorioso contra tala en Campo de Marte

Informe
Señal de Alerta-Herbert Mujica Rojas
28-8-2026
Amparo victorioso contra tala en Campo de Marte
Escribió en el artículo ¿Peligra el Campo Marte de Lima?, el consultor y docente Wilfredo Pérez Ruiz, una crónica muy informativa sobre sucesos contra el Campo de Marte que, para variar, concitan, otra vez, la mirada torpe de fenicios que buscan el lucro solamente. Leamos párrafos esenciales.
-El tradicional Campo Marte, ubicado en el distrito de Jesús María, se encuentra en una aguda controversia entre la Municipalidad Metropolitana de Lima -encargada de su actual remodelación- y los vecinos que cuestionan el desarrollo del proyecto y, en consecuencia, denuncian diversas acciones contrarias a su conservación.
-Es oportuno considerar su alto valor histórico: albergó al Hipódromo de Santa Beatriz -de propiedad estatal- desde 1913 hasta 1938. Aquí fue asesinado, el 30 de abril de 1933, el jefe de Estado Luis Sánchez Cerro, cuando pasaba revista a nuestras tropas antes de partir al enfrentamiento bélico con Colombia. Durante este período su administración estuvo a cargo del Jockey Club de Lima, hasta su traslado al Hipódromo de San Felipe.
-Exhibe representativas expresiones artísticas como la efigie a Miguel de Cervantes Saavedra, de Carlos Huertas (1932); la estatua a Jorge Chávez, héroe de la aviación civil, de bronce y granito rosa, hecho por Eugenio Baroni (1937); el monumento a los defensores en la guerra peruano-ecuatoriana (1941), de autoría de Artemio Ocaña Bejarano (1966); la escultura a la madre (1969), elaborado por Rafael Castillo Rodríguez; el mural de la evangelización, confeccionado por varios clubes departamentales con ocasión de la visita apostólica del Papa Juan Pablo II al Perú (1985).
-Una mención especial amerita “El ojo que llora”. Es un majestuoso memorial en homenaje a los asesinados por la violencia terrorista y la represión de las Fuerzas Armadas durante el lacerante conflicto armado interno en el Perú (1980-2000).
-Ahora volvamos a la contrariedad que lo aqueja. Según recientes afirmaciones de la ingeniera forestal Claudia Gutiérrez Miranda “el problema está en el manejo de las áreas verdes durante la obra. Son cinco, casi seis meses que el Campo Marte no ha tenido riego”. Asimismo, dijo que las especies botánicas exhiben un grave estrés hídrico por falta de riego programado, acumulación de residuos y deficiencias en el su mantenimiento. “Hay árboles que no tienen hojas, el follaje se está cayendo”. También, recordó que “durante los trabajos se derribó un árbol sembrado por una vecina hace más de 13 años”.
-Otro punto controvertido es la propuesta de reubicar 92 árboles, situados en el perímetro del Campo Marte, en la avenida Felipe Salaverry como parte de las obras de un nuevo cerco circundante y censuró la carencia de un inventario forestal completo y, además, de un diagnóstico certero del estado de la vegetación. Del mismo modo, los lugareños rechazan el incremento de la superficie de cemento incluido en el plan y su uso para actividades ajenas a sus fines inherentes a su condición de espacio público y área verde. Tengamos en cuenta: la Ley 16979, del 3 de mayo de 1968, declaró su intangibilidad.
Demanda victoriosa
-Este lamentable suceso me trae a la memoria lo acontecido hace unas décadas. El alcalde de Jesús María (1988) ordenó talar 18 árboles y tenía proyectada la muerte de 76 más para construir canchas deportivas, sin tomar evaluar el daño ecológico. Como secretario general del Movimiento de Juventudes del Frente Ecológico Peruano, presenté una Acción de Amparo en el Décimo Quinto Juzgado de Lima presidido por Vladimir Paz de la Barra -quien años más tarde sería decano del Colegio de Abogados de Lima- con la intención de detener esta ilegal acción.
-Ricardo Brousset Salas, abogado y autor de la demanda, reveló a la revista Caretas (abril 15 de 1988): “La defensa del medio ambiente implica también la defensa de los Derechos Humanos. Una detención indebida, las muertes extrajudiciales o las torturas, son violaciones a los derechos del hombre, pero la tala de árboles también es una forma de matar lentamente la humanidad”.
-En un hecho sin precedentes se declaró “…fundada la demanda de fojas ocho, interpuesta por el Frente Ecológico Peruano – Movimiento de Juventudes y, por lo tanto, SE ORDENA que don Víctor Oyanguren Agüero, alcalde del Concejo Distrital de Jesús María, SUSPENDA la tala de árboles y la EJECUCIÓN de obras civiles, que violen el derecho del ser humano a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, y la intangibilidad del área verde que contiene el Campo de Marte”.
-Este fallo, emitido el 18 de mayo de 1988, se inspiró en la Declaración sobre el Medio Humano (Suecia, 1972), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, en lo expuesto por el jurista, docente y diplomático Juan Álvarez Vita, en lo prescrito por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las NNUU, en la Constitución Política del Perú y en la Ley Orgánica de Municipalidades. Fue la primera sentencia ecológica en la historia judicial.
-Corresponde valorar las áreas verdes, entre otras razones, por su contribución en la disminución de la polución atmosférica, regulación del micro clima, embellecimiento del entorno urbano, despliegue de una pluralidad de quehaceres educativos, culturales y afines y, por lo tanto, elevan el valor de las propiedades. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), como mínimo deben existir ocho metros cuadrados de área verde por habitante. Lima ostenta aproximadamente tres metros cuadrados.
-Comparto lo afirmado por el conservacionista Felipe Benavides Barreda (El Comercio, junio 1 de 1971): “Ya es tiempo de que las autoridades cuiden los árboles que son fuente de oxígeno, materia indispensable para la vida del hombre que se encuentra cada día en mayor peligro de contaminación”.
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Amparo victorioso contra tala en Campo de Marte

Informe
Señal de Alerta-Herbert Mujica Rojas
28-8-2026
Amparo victorioso contra tala en Campo de Marte
Escribió en el artículo ¿Peligra el Campo Marte de Lima?, el consultor y docente Wilfredo Pérez Ruiz, una crónica muy informativa sobre sucesos contra el Campo de Marte que, para variar, concitan, otra vez, la mirada torpe de fenicios que buscan el lucro solamente. Leamos párrafos esenciales.
-El tradicional Campo Marte, ubicado en el distrito de Jesús María, se encuentra en una aguda controversia entre la Municipalidad Metropolitana de Lima -encargada de su actual remodelación- y los vecinos que cuestionan el desarrollo del proyecto y, en consecuencia, denuncian diversas acciones contrarias a su conservación.
-Es oportuno considerar su alto valor histórico: albergó al Hipódromo de Santa Beatriz -de propiedad estatal- desde 1913 hasta 1938. Aquí fue asesinado, el 30 de abril de 1933, el jefe de Estado Luis Sánchez Cerro, cuando pasaba revista a nuestras tropas antes de partir al enfrentamiento bélico con Colombia. Durante este período su administración estuvo a cargo del Jockey Club de Lima, hasta su traslado al Hipódromo de San Felipe.
-Exhibe representativas expresiones artísticas como la efigie a Miguel de Cervantes Saavedra, de Carlos Huertas (1932); la estatua a Jorge Chávez, héroe de la aviación civil, de bronce y granito rosa, hecho por Eugenio Baroni (1937); el monumento a los defensores en la guerra peruano-ecuatoriana (1941), de autoría de Artemio Ocaña Bejarano (1966); la escultura a la madre (1969), elaborado por Rafael Castillo Rodríguez; el mural de la evangelización, confeccionado por varios clubes departamentales con ocasión de la visita apostólica del Papa Juan Pablo II al Perú (1985).
-Una mención especial amerita “El ojo que llora”. Es un majestuoso memorial en homenaje a los asesinados por la violencia terrorista y la represión de las Fuerzas Armadas durante el lacerante conflicto armado interno en el Perú (1980-2000).
-Ahora volvamos a la contrariedad que lo aqueja. Según recientes afirmaciones de la ingeniera forestal Claudia Gutiérrez Miranda “el problema está en el manejo de las áreas verdes durante la obra. Son cinco, casi seis meses que el Campo Marte no ha tenido riego”. Asimismo, dijo que las especies botánicas exhiben un grave estrés hídrico por falta de riego programado, acumulación de residuos y deficiencias en el su mantenimiento. “Hay árboles que no tienen hojas, el follaje se está cayendo”. También, recordó que “durante los trabajos se derribó un árbol sembrado por una vecina hace más de 13 años”.
-Otro punto controvertido es la propuesta de reubicar 92 árboles, situados en el perímetro del Campo Marte, en la avenida Felipe Salaverry como parte de las obras de un nuevo cerco circundante y censuró la carencia de un inventario forestal completo y, además, de un diagnóstico certero del estado de la vegetación. Del mismo modo, los lugareños rechazan el incremento de la superficie de cemento incluido en el plan y su uso para actividades ajenas a sus fines inherentes a su condición de espacio público y área verde. Tengamos en cuenta: la Ley 16979, del 3 de mayo de 1968, declaró su intangibilidad.
Demanda victoriosa
-Este lamentable suceso me trae a la memoria lo acontecido hace unas décadas. El alcalde de Jesús María (1988) ordenó talar 18 árboles y tenía proyectada la muerte de 76 más para construir canchas deportivas, sin tomar evaluar el daño ecológico. Como secretario general del Movimiento de Juventudes del Frente Ecológico Peruano, presenté una Acción de Amparo en el Décimo Quinto Juzgado de Lima presidido por Vladimir Paz de la Barra -quien años más tarde sería decano del Colegio de Abogados de Lima- con la intención de detener esta ilegal acción.
-Ricardo Brousset Salas, abogado y autor de la demanda, reveló a la revista Caretas (abril 15 de 1988): “La defensa del medio ambiente implica también la defensa de los Derechos Humanos. Una detención indebida, las muertes extrajudiciales o las torturas, son violaciones a los derechos del hombre, pero la tala de árboles también es una forma de matar lentamente la humanidad”.
-En un hecho sin precedentes se declaró “…fundada la demanda de fojas ocho, interpuesta por el Frente Ecológico Peruano – Movimiento de Juventudes y, por lo tanto, SE ORDENA que don Víctor Oyanguren Agüero, alcalde del Concejo Distrital de Jesús María, SUSPENDA la tala de árboles y la EJECUCIÓN de obras civiles, que violen el derecho del ser humano a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, y la intangibilidad del área verde que contiene el Campo de Marte”.
-Este fallo, emitido el 18 de mayo de 1988, se inspiró en la Declaración sobre el Medio Humano (Suecia, 1972), en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, en lo expuesto por el jurista, docente y diplomático Juan Álvarez Vita, en lo prescrito por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las NNUU, en la Constitución Política del Perú y en la Ley Orgánica de Municipalidades. Fue la primera sentencia ecológica en la historia judicial.
-Corresponde valorar las áreas verdes, entre otras razones, por su contribución en la disminución de la polución atmosférica, regulación del micro clima, embellecimiento del entorno urbano, despliegue de una pluralidad de quehaceres educativos, culturales y afines y, por lo tanto, elevan el valor de las propiedades. Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), como mínimo deben existir ocho metros cuadrados de área verde por habitante. Lima ostenta aproximadamente tres metros cuadrados.
-Comparto lo afirmado por el conservacionista Felipe Benavides Barreda (El Comercio, junio 1 de 1971): “Ya es tiempo de que las autoridades cuiden los árboles que son fuente de oxígeno, materia indispensable para la vida del hombre que se encuentra cada día en mayor peligro de contaminación”.


