(II) Cancillería: informe 2020 contradice resolución de cese 2018
(II) Cancillería: informe 2020 contradice resolución de cese 2018
El periodismo informa con base a los documentos en cualquier circunstancia. No se compra versiones orales, simpáticas u opuestas al tema que se narra. Los límites de cualquier crónica son aquellos que marcan los textos oficiales y, sobre todo, administrativos o legales. Lo demás, sobra.
Lo anterior, porque casi una decena de diplomáticos, abogados, personas con juicio propio y algún conocimiento, llamó para comunicar versiones en un sentido u otro sobre el desempeño del embajador Fortunato Quesada. Fieles al mandato periodístico, no pudimos comprobar nada escrito, por tanto, las palabras se las lleva el viento.
La sanción Vice-Ministerial No. 0373-2018/RE de fecha 29-10-2018 impuso la destitución del embajador Fortunato Quesada. Dicho funcionario fue cesado en su cargo de titular de la misión en Israel en junio del 2018, sin haberse determinado responsabilidad alguna por parte de él y su proceso disciplinario recién se inició el 2-7-2018. Obvia parcialidad interesada de Popolizio y de de Zela.
Así dice, en segunda instancia, la Resolución Ministerial 791 del 28-12-2018 en la parte final:
“SE RESUELVE:
Artículo 1.- Desestimar el recurso administrativo de apelación interpuesto por el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Fortunato Ricardo Quesada Seminario contra la Resolución Vice Ministerial No 373-2018-RE de fecha 29 de octubre de 2018.
Artículo 2.- Declarar agotada la vía administrativa.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución al recurrente, observando las formalidades y plazos legalmente previstos.”
Con este documento, la suerte fatal de Quesada era un asunto terminado.
Pero el Informe (ORH) No. 011-2020-UARD/MRE, dice en su punto
“IV DELIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD FUNCIONAL
4.1 Presuntos infractores:
-Embajador Néstor Francisco Popolizio Bardales. Representante Permanente ante la sede de las Naciones Unidas.
-Embajador Hugo Claudio de Zela Martínez, Embajador del Perú en Estados Unidos de América
-Embajador José Manuel Domingo Boza Orozco, Embajador del Perú en Bolivia
-Ministro Consejero, Pedro Alberto Mario Rubín Heraud, funcionario de la Embajada del Perú en Israel.
4.2. Presuntas conductas infractoras:
-Conocer graves irregularidades funcionales, así como presuntos maltratos y abusos laborales por parte del Jefe de la Misión del Perú en Israel y haber omitido cumplir con las normas y utilizar los canales institucionales para la investigación y sanción de esos actos, los cuales fueron del conocimiento público masivo, generando una grave afectación a la imagen del Servicio Diplomático.
-Haber propiciado la denuncia de esas irregularidades funcionales y los presuntos maltratos y abusos, por parte del Jefe de Misión en Israel, en un medio de prensa masivo con la finalidad de crear un escándalo mediático que derivó en la destitución del mencionado Jefe de Misión y acarreó un grave descrédito institucional.”
Firma el documento Fátima Trigoso Sakuma, Ministra Jefe € de la Oficina General de Recursos Humanos, Ministerio de Relaciones Exteriores.
Dos años después la acelerada resolución que destituye a Fortunato Quesada y que literalmente le convierte en pararrayos de una acción negativa y ofensiva contra personal civil en Israel, aparece un Informe que dice que todo este asunto ha sido parte de una componenda que eludió los necesarios canales internos y administrativos y que alentó un escándalo mediático.
Y el documento, lo dice con claridad rotunda, menciona a los presuntos infractores: un ex canciller, su viceministro, un embajador y un ministro consejero: Popolizio, de Zela, Boza y Rubín, en ese orden.
¿Y qué hicieron?, según establece el Informe de manera muy clara: poner en manos del periodismo masivo un suceso que concitó el repudio generalizado en Perú y luego la destitución del embajador Quesada.
Pero así como sucedió el asunto también se pulverizaron las manos largas que llevaron a cabo todo el asunto. Con la resolución que destituye a Quesada, se ponía una lápida a una materia engorrosa.
Con el Informe que señala las acciones y a sus presuntos fautores, se comprueba que aún hay mucho mar de fondo. Y, para decirlo de manera clara, los alegatos y apelaciones de Fortunato Quesada encuentran asidero porque han acontecido maniobras oscuras y con motivos mucho más tenebrosos aún.
¿Alguien sabe qué piensa el especialista en Derecho y profesor universitario que es el canciller César Landa?
¿Admite aquél que lo obtenido vía grabaciones clandestinas y puestas de manera interesada en un programa de televisión, obedeciendo órdenes superiores y con fines inconfesables, que en Derecho son materia prohibida, sirven y son legítimas para incinerar a un embajador?
Parecería que la hora presente demanda respuestas, sobre todo, del canciller Landa. No vaya a ser que por actitud pasiva este escandaloso hecho quede como mácula en su aún corta gestión.
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El periodismo informa con base a los documentos en cualquier circunstancia. No se compra versiones orales, simpáticas u opuestas al tema que se narra. Los límites de cualquier crónica son aquellos que marcan los textos oficiales y, sobre todo, administrativos o legales. Lo demás, sobra.
Lo anterior, porque casi una decena de diplomáticos, abogados, personas con juicio propio y algún conocimiento, llamó para comunicar versiones en un sentido u otro sobre el desempeño del embajador Fortunato Quesada. Fieles al mandato periodístico, no pudimos comprobar nada escrito, por tanto, las palabras se las lleva el viento.
La sanción Vice-Ministerial No. 0373-2018/RE de fecha 29-10-2018 impuso la destitución del embajador Fortunato Quesada. Dicho funcionario fue cesado en su cargo de titular de la misión en Israel en junio del 2018, sin haberse determinado responsabilidad alguna por parte de él y su proceso disciplinario recién se inició el 2-7-2018. Obvia parcialidad interesada de Popolizio y de de Zela.
Así dice, en segunda instancia, la Resolución Ministerial 791 del 28-12-2018 en la parte final:
“SE RESUELVE:
Artículo 1.- Desestimar el recurso administrativo de apelación interpuesto por el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Fortunato Ricardo Quesada Seminario contra la Resolución Vice Ministerial No 373-2018-RE de fecha 29 de octubre de 2018.
Artículo 2.- Declarar agotada la vía administrativa.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución al recurrente, observando las formalidades y plazos legalmente previstos.”
Con este documento, la suerte fatal de Quesada era un asunto terminado.
Pero el Informe (ORH) No. 011-2020-UARD/MRE, dice en su punto
“IV DELIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD FUNCIONAL
4.1 Presuntos infractores:
-Embajador Néstor Francisco Popolizio Bardales. Representante Permanente ante la sede de las Naciones Unidas.
-Embajador Hugo Claudio de Zela Martínez, Embajador del Perú en Estados Unidos de América
-Embajador José Manuel Domingo Boza Orozco, Embajador del Perú en Bolivia
-Ministro Consejero, Pedro Alberto Mario Rubín Heraud, funcionario de la Embajada del Perú en Israel.
4.2. Presuntas conductas infractoras:
-Conocer graves irregularidades funcionales, así como presuntos maltratos y abusos laborales por parte del Jefe de la Misión del Perú en Israel y haber omitido cumplir con las normas y utilizar los canales institucionales para la investigación y sanción de esos actos, los cuales fueron del conocimiento público masivo, generando una grave afectación a la imagen del Servicio Diplomático.
-Haber propiciado la denuncia de esas irregularidades funcionales y los presuntos maltratos y abusos, por parte del Jefe de Misión en Israel, en un medio de prensa masivo con la finalidad de crear un escándalo mediático que derivó en la destitución del mencionado Jefe de Misión y acarreó un grave descrédito institucional.”
Firma el documento Fátima Trigoso Sakuma, Ministra Jefe € de la Oficina General de Recursos Humanos, Ministerio de Relaciones Exteriores.
Dos años después la acelerada resolución que destituye a Fortunato Quesada y que literalmente le convierte en pararrayos de una acción negativa y ofensiva contra personal civil en Israel, aparece un Informe que dice que todo este asunto ha sido parte de una componenda que eludió los necesarios canales internos y administrativos y que alentó un escándalo mediático.
Y el documento, lo dice con claridad rotunda, menciona a los presuntos infractores: un ex canciller, su viceministro, un embajador y un ministro consejero: Popolizio, de Zela, Boza y Rubín, en ese orden.
¿Y qué hicieron?, según establece el Informe de manera muy clara: poner en manos del periodismo masivo un suceso que concitó el repudio generalizado en Perú y luego la destitución del embajador Quesada.
Pero así como sucedió el asunto también se pulverizaron las manos largas que llevaron a cabo todo el asunto. Con la resolución que destituye a Quesada, se ponía una lápida a una materia engorrosa.
Con el Informe que señala las acciones y a sus presuntos fautores, se comprueba que aún hay mucho mar de fondo. Y, para decirlo de manera clara, los alegatos y apelaciones de Fortunato Quesada encuentran asidero porque han acontecido maniobras oscuras y con motivos mucho más tenebrosos aún.
¿Alguien sabe qué piensa el especialista en Derecho y profesor universitario que es el canciller César Landa?
¿Admite aquél que lo obtenido vía grabaciones clandestinas y puestas de manera interesada en un programa de televisión, obedeciendo órdenes superiores y con fines inconfesables, que en Derecho son materia prohibida, sirven y son legítimas para incinerar a un embajador?
Parecería que la hora presente demanda respuestas, sobre todo, del canciller Landa. No vaya a ser que por actitud pasiva este escandaloso hecho quede como mácula en su aún corta gestión.